La alta corte confirmó la suspensión de operaciones de los helipuertos turísticos alrededor de la Piedra del Peñol, al concluir que vulneran derechos colectivos por ruido y uso del suelo
En Guatapé, uno de los destinos más visitados de Antioquia, el turismo en helicóptero alrededor de la emblemática Piedra del Peñol acaba de recibir un frenazo judicial. El Consejo de Estado confirmó la sentencia del Tribunal Administrativo de Antioquia que ordena suspender las operaciones turísticas de los helipuertos ubicados en el entorno del monolito, al determinar que el ruido de las aeronaves vulnera la tranquilidad, la intimidad, la seguridad y el derecho a un ambiente sano de los habitantes de la zona rural del municipio.
Desde hace años, la oferta de vuelos panorámicos en helicóptero se consolidó como uno de los gran ganadores del auge turístico del embalse El Peñol–Guatapé: sobrevolar las aguas y la roca, despegar a pocos minutos del malecón y ascender a cientos de metros por minuto se convirtió en un plan promocionado por varias agencias y empresas especializadas. Sin embargo, ese mismo despegue constante, sumado al aterrizaje repetido a escasos metros de viviendas, fincas y pequeñas posadas, fue transformando el paisaje sonoro de veredas tradicionalmente silenciosas en un corredor de ruido permanente.
El fallo, identificado en el expediente principal con radicación 05001-23-33-000-2021-01411-01, confirma que la operación de los helipuertos turísticos no solo generó contaminación auditiva reiterada, sino que además desconoció exigencias de uso del suelo, licenciamiento urbanístico y permisos aeronáuticos. La alta corte avaló las órdenes impartidas en primera instancia: el helipuerto conocido como “La Piedra” debe suspender de manera inmediata su operación, y otro, ubicado en un hotel cercano, deberá trasladarse a un sitio que cumpla íntegramente con el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Guatapé y cuente con licencia de construcción y autorización de la Aeronáutica Civil.
En su análisis, el Consejo de Estado enfatizó que el ruido constante de los helicópteros, las maniobras de aproximación sobre áreas pobladas y las vibraciones asociadas a los sobrevuelos afectaron de forma directa la vida cotidiana de los residentes. De acuerdo con la información del proceso, la comunidad reportó dificultades para el descanso, alteraciones en las actividades escolares, afectaciones a la fauna local y preocupación por potenciales riesgos de seguridad en caso de emergencias o fallas técnicas durante los vuelos turísticos. Para el alto tribunal, estos elementos configuraron una vulneración a derechos colectivos que prevalecen sobre el aprovechamiento económico de la zona.
La acción judicial venía en trámite desde 2022, cuando más de mil habitantes decidieron acudir a los tribunales para exigir controles a las operaciones de dos helipuertos turísticos. En su demanda señalaron, además del ruido, presuntas violaciones a las normas de seguridad y al uso del suelo en un territorio que ha experimentado una rápida transformación urbana por el crecimiento de alojamientos, restaurantes y proyectos turísticos alrededor del embalse. La decisión ahora ratificada por el Consejo de Estado se inscribe en esa disputa entre un modelo de turismo intensivo y la defensa de la calidad de vida de los residentes permanentes.
Desde la perspectiva económica, el cierre y traslado de helipuertos obligará a las empresas operadoras a reorientar su oferta comercial y a los empresarios locales a replantear parte de la experiencia turística que promocionan en redes y portales especializados. Los vuelos en helicóptero eran uno de los servicios de mayor precio por persona en Guatapé, dirigidos sobre todo a visitantes nacionales y extranjeros que buscaban vistas aéreas exclusivas del embalse y la roca. A corto plazo, la medida podría sentirse en los ingresos de algunos operadores; no obstante, abre también la posibilidad de reforzar propuestas de turismo sostenible, senderismo, navegación y avistamiento de paisajes desde miradores ya existentes.
El fallo también envía un mensaje a las autoridades territoriales y a la Aeronáutica Civil sobre la necesidad de coordinar de forma estricta la regulación de actividades aéreas en zonas turísticas de alto valor ambiental. El tribunal reiteró que cualquier reubicación de helipuertos deberá cumplir con el POT de Guatapé, respetar las franjas de seguridad y minimizar el impacto sobre la comunidad, so pena de clausura definitiva si las empresas no concretan el traslado en los plazos fijados. De fondo, la discusión toca la forma en que municipios como Guatapé equilibran el turismo masivo, la inversión privada y la protección de su patrimonio natural y social.
Con el Consejo de Estado frenando los helipuertos turísticos en la Piedra del Peñol, Guatapé entra en una nueva etapa para redefinir su modelo de turismo. La decisión que protege la tranquilidad y el ambiente sano de sus habitantes reabre el debate sobre cómo garantizar un turismo sostenible en Antioquia sin sacrificar la calidad de vida en los municipios más visitados. En nuestra sección de región y judicial encontrará seguimiento a las próximas decisiones sobre los helipuertos, el POT de Guatapé y las nuevas reglas para los vuelos turísticos en la zona del embalse El Peñol–Guatapé.






